Pago en Plazos Justos

A través de la Ley 2024 de 2020 “por medio de la cual se adoptan normas de pago en plazos justos en el ámbito mercantil y se dictan otras disposiciones en materia de pago y facturación”, el Congreso de la República, incorporó la obligación de pago en plazos justos como una medida para proteger la libertad económica bajo el entendido que las grandes empresas financian su operación con las MIPYME y retienen los pago por largos periodos de tiempo para financiar parte de su operación.  

A partir de lo anterior, los pagos causados como contraprestación en las operaciones mercantiles deben efectuarse en un término máximo de 60 días calendario durante el 2021; y 45 días calendario a partir del 2022.   

Ahora bien, más allá de la obligación contenida en la Ley, el Gobierno Nacional – a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Colombia Productiva- otorgará algunos reconocimientos para aquellas empresas que incorporen dentro en su práctica comercial el pago de sus operaciones en plazos menores o iguales a los 45 días calendario definidos en la Ley.

Estos reconocimientos son el Sello de Pago en Plazos Justos y el Ranking de Pago en Plazos Justos.

Sello de pago en Plazos Justos

El Sello de Pago en Plazos Justos es un signo distintivo que se otorga a aquellas empresas que pagan a sus proveedores en plazos menores o iguales a 45 días calendario y que cumplen con las demás exigencias de la Ley 2024 de 2020 y el Decreto 1074 de 2015.

Si estás interesado y cumples con los tiempos de pago definidos en la Ley, solo deberás aportar los siguientes documentos para participar:

  1. El Formulario con la información básica.

  2. La Declaración para obtener el Sello de Pago en Plazos Justos.

  3. El listado de las facturas o documentos equivalentes relacionados en la declaración.

  4. La autorización del manejo y tratamiento de datos.

Ranking de pago en Plazos Justos

Como resultado de la convocatoria, Colombia Productiva conformará el listado de empresas que atienden sus pagos en plazos justos. Este listado será publicado en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a más tardar el 30 de junio de cada año. 
 

Documentos de interés


Más información

En Colombia Productiva buscamos alinear nuestra oferta institucional a las necesidades de los empresarios. Por esta razón, queremos invitarte a participar activamente en las convocatorias y en caso de que tengas alguna a duda, a que te comuniques con nosotros en los siguientes correos electrónicos: camilo.guarin@colombiaproductiva.com y jose.mongua@colombiaproductiva.com.

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