Convocatoria cerrada
CONVOCATORIA 592

Programa de Encadenamientos Productivos en Alimentos Procesados

Colombia Productiva, está interesada en recibir propuestas para contratar los servicios de consultoría para “Implementar un modelo de intervención para el fortalecimiento de las capacidades de proveeduría relacionadas con calidad e inocuidad en empresas Pymes del sector de alimentos y su relación con empresas ancla”.

Resultado de adjudicación convocatoria 592

El Gobierno colombiano formuló la Política de Desarrollo Productivo- PDP, con el objetivo de desarrollar instrumentos que apunten a resolver fallas de mercado, de gobierno o de articulación a nivel de la unidad productora, de los factores de producción o del entorno competitivo, que limitan el desarrollo de los determinantes de productividad, diversificación y sofisticación. Dicha política fue plasmada en el Documento CONPES 3866 del 8 de agosto de 2016.

El sector de producción de alimentos, entendido como una cadena de valor en la que de manera permanente hay una interacción entre los diferentes eslabones de la cadena productiva, no sólo por operaciones de venta y compra, sino también por los encadenamientos productivos que se dan entre los actores que intervienen, que permite así mismo la generación de dinámicas de innovación, sofisticación, mejoramiento de la calidad, aumento en la productividad, entre otras.

Colombia Productiva, con el objetivo de promover los encadenamientos productivos al interior de las cadenas de valor del sector de alimentos y buscando apoyar los programas de desarrollo de proveedores que se implementen en grandes empresas, busca diseñar herramientas que permitan a las Pymes insertarse de manera efectiva en las cadenas de valor, generando una mejora en su productividad y competitividad.

Requisitos mínimos para postularse

  • Persona jurídica, nacional con mínimo cinco (5) años de existencia y registro a la fecha de presentación de la propuesta.
  • Persona jurídica extranjera. Podrán participar en esta invitación las sociedades extranjeras en Colombia cuando el proponente sea una sucursal, ya que, en este caso, se entiende la misma persona jurídica[1], con mínimo cinco (5) años de existencia y registro a la fecha de presentación de la propuesta.

Consorcios o uniones temporales.

En este caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. En el evento de presentarse haciendo uso de alguna de estas figuras tendrán aplicación las siguientes reglas:
  • Presentar copia del acuerdo consorcial o documento de la conformación de la unión temporal según el caso en el que expresamente se deberá designar a un representante de los miembros del consorcio o de la unión temporal para todos los efectos de la presentación de la propuesta de la eventual suscripción y ejecución del contrato (en el evento que se les adjudique la invitación).
  • No se acepta ninguna limitación de responsabilidad, por lo que la responsabilidad de los miembros será solidaria tanto para la presentación de la propuesta como para la eventual celebración y ejecución del contrato.
  • La garantía de seriedad de la oferta y demás garantías que se pidan para la eventual celebración del Contrato, deberán otorgarse por, y para cubrir a todos y cada uno de los integrantes de la unión temporal o consorcio (incluida la misma unión o consorcio), aportándose además el recibo de pago de la prima.
  • Cada uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberá tener capacidad jurídica plena, esto es, como si la presentase de manera independiente del consorciado o aliado, tanto para presentar la propuesta como para celebrar el contrato. En caso de existir limitaciones a las facultades de uno cualquiera de los representantes legales, deberá adjuntarse la respectiva autorización del órgano competente. La carta de presentación de la propuesta deberá presentarse suscrita por el representante del consorcio o la unión temporal o por el apoderado designado por cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal.
  • Las personas jurídicas y los Consorcios y Uniones Temporales deberán tener una duración mínima igual al plazo del contrato y tres (3) años más.

Las principales características de la sucursal son:

  1. No goza de una personería jurídica distinta a la de la sociedad matriz (no tiene personería jurídica propia)
  2. La sucursal y la sociedad matriz son la misma persona jurídica y, por lo tanto, la sucursal en ningún caso tiene capacidad legal superior o diferente a la de su oficina principal.
  3. La sucursal es una prolongación de la matriz y forma parte de su mismo patrimonio y tiene como fin esencial realizar actividades propias del objeto social de la principal en donde esta última se beneficia o se perjudica por los actos realizados por la sucursal.

Cronograma

Evento Fecha y hora

Apertura de la INVITACIÓN y Publicación de Términos de referencia

Diciembre 11 de 2019. Página web www.colombiaproductiva.com y www.fiducoldex.com.co

Solicitud de aclaraciones y/o observaciones a los términos de referencia

Enero 10 de 2020 jose.lopez@colombiaproductiva.com jenny.pastrana@fiducoldex.com.co 

Respuestas a preguntas y/o aclaraciones

Enero 27 de 2020. Página web www.colombiaproductiva.com y www.fiducoldex.com.co

Cierre de la invitación y entrega de propuestas

Febrero 13 de 2020. Calle 28 No. 13ª-24, piso 6º Bogotá D.C.

Fecha máxima de recepción de propuestas remitidas mediante servicio de correo postal o courrier

Febrero 17 de 2020  (Fecha y hora de envío deberá encontrarse dentro del plazo límite estipulado para el cierre de la convocatoria, es decir a las 4:00:00 p.m. del 13 de febrero de 2020).

Publicación de la adjudicación

Febrero 28 de 2020. Página web www.colombiaproductiva.com y www.fiducoldex.com.co

Documentos

Adendas

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